Actualización de 30.11.2024: El párrafo 15 de la sentencia se refiere a la conclusión de la propia Audiencia Provincial de Barcelona, no leí bien este punto y efectivamente, concluye con una interpretación que no comparto, pero en la que afirma que no se puede reformular después de la aprobación. Habrá que tenerlo en cuenta y ver como evoluciona este tema en los Registros Mercantiles.
Estimado Lector,
Si, es cierto que la sentencia de la audiencia provincial de Barcelona dice que no se pueda reformular tras la aprobación.
No, no tengo conocimiento de una jurisprudencia asentada que diga que no se puede reformular tras la aprobación.
Si, probablemente el Registro Mercantil te deje reformular después de la aprobación.
No, no te estoy recomendando que lo hagas, muy al contrario los errores con carácter general se corrigen en el ejercicio que se detectan.
A) Antecedentes