Estimado lector,
Hasta ahora hemos visto el riesgo significativo relacionado con el método de consolidación de EIDF, pero lo que no hemos visto es la respuesta al riesgo en detalle.
Bueno, vamos a tratar de conectar uno de los artículos académicos que tengo en concreto un caso práctico de aplicación de la NIA-ES 315R realizado junto con el profesor Labatut y el auditor Mario Ballesteros, para tratar de aterrizar el concepto.
¿Qué dice la NIA-ES 330 sobre como responder al riesgo significativo?
En este artículo recordamos el R21 de la NIA-ES 330 y el A53, donde se dice:
"Si el auditor ha determinado que un riesgo valorado de incorrección material en las afirmaciones es un riesgo significativo, aplicará los procedimientos sustantivos que respondan de forma específica a dicho riesgo. Cuando la forma de enfocar un riesgo significativo consista únicamente en procedimientos sustantivos, dichos procedimientos incluirán pruebas de detalle."
Bueno pues el riesgo lo tenemos claro, lo hemos visto en la primera entrada, ya hemos visto lo listo que es el señor Ruiz de Alda para invertir, pero tu como auditor ¿Qué vas a hacer? Aquí no te dan un "guía burros" te dicen que respondas de forma específica. Vamos a ver que dice la guía de aplicación en su apartado A53 a ver si nos ayuda:
"El apartado 21 de esta NIA-ES 330 requiere que el auditor realice procedimientos sustantivos que respondan de forma específica a riesgos que el auditor ha determinado que son significativos. La evidencia de auditoría en forma de confirmaciones externas recibidas directamente por el auditor de partes confirmantes adecuadas le puede facilitar la obtención de evidencia de auditoría con el alto nivel de fiabilidad requerido para responder a los riesgos significativos de incorrección material, ya sea debida a fraude o error. Por ejemplo, si el auditor identifica que la dirección es objeto de presiones para cumplir las expectativas de beneficios, puede haber un riesgo de que ésta sobre valore las ventas mediante el reconocimiento inadecuado de ingresos relacionados con acuerdos de ventas cuyas condiciones no permiten el reconocimiento de los ingresos o mediante la facturación de ventas antes de su envío. En estas circunstancias, el auditor puede, por ejemplo, diseñar procedimientos de confirmación externa no sólo para confirmar cantidades pendientes, sino también para confirmar los detalles de los acuerdos de ventas, incluyendo fechas, cualquier derecho de devolución y condiciones de entrega. Además, el auditor puede considerar eficaz complementar dichos procedimientos de confirmación externa con indagaciones entre el personal no financiero de la entidad, sobre cualquier cambio en los acuerdos de ventas y en las condiciones de entrega."
En este texto que acabas de leer, parece que nos dan una pista y nos hablan de las confirmaciones externas. El auditor de las Cuentas Anuales Consolidadas de 2022 es exactamente lo que decidió hacer.
¿Cómo fue la respuesta del auditor del año 2022?
Puedes ver la identificación de las Cuestiones Clave de Auditoría en el informe de auditoría de las Cuentas Anuales Consolidadas de EIDF del año 2022, aquí vamos a ver la respuesta al riesgo:
CCA primera por orden de importancia: "Acuerdos con socios sobre participadas y determinación del control de estas"
Obviamos la descripción y vamos a la respuesta al riesgo. Esta auditoría detectó una serie de incidencias que requirieron un informe forense, publicado parcialmente y que no es objeto de este estudio, aunque podría serlo más adelante. Sólo es objeto de este estudio la respuesta al riesgo significativo relativa al método de consolidación.
"Nuestros procedimientos de auditoría han incluido, entre otros, los siguientes:
- Obtener los contratos y pactos de socios en base a los cuales se ha llevado a cabo el análisis de control de las sociedades participadas.
- Evaluar el proceso establecido por el Grupo para la evaluación de la existencia de control de las sociedades de propósito especial, que incluye la lectura y análisis de los informes emitidos por un experto contable de la dirección a tal efecto.
- Analizar las respuestas recibidas de los socios a nuestras solicitudes de confirmación sobre los contratos existentes firmados y sobre determinados aspectos relativos a la evaluación de control de algunas de las sociedades participadas. Asimismo, hemos mantenido reuniones con algunos de los socios para obtener su entendimiento de determinadas cláusulas incluidas en los contratos existentes."
- Revisar el informe forense emitido por el experto independiente de la dirección, con el apoyo de nuestros expertos. Asimismo, hemos mantenido reuniones con el experto independiente de la dirección para obtener un adecuado entendimiento del trabajo realizado y las conclusiones alcanzadas. Además, hemos evaluado el resultado del trabajo, competencia, capacidad y objetividad de este experto.
- Evaluar el método de consolidación de las sociedades participadas de acuerdo con la normativa contable aplicable.
- Evaluar la suficiencia de la información incluida en las notas de las cuentas anuales consolidadas en relación con esta cuestión.
Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.
Preparador examen ROAC.
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