lunes, 14 de noviembre de 2022

Directiva de información corporativa (CSRD), Alcance y Calendario



Estimado Lector,

Ya comentamos la reciente aprobación por el parlamento de la Directiva de información corporativa y la cronología, que fuí anotando en la página de EINF que tenemos en el blog.

Es información que voy acumulando, que incluye enlaces a artículos muy interesantes de accountancy europe y que quedan ordenados y registrados para la consulta.

Como sabemos las directivas requieren transposición, vamos a ver el alcance y el calendario previsto para su implantación y el alcance de la misma.

1. Alcance y calendario de aplicación (fuente)


Alcance

  • Se aplicarán a todas las grandes empresas *, ya sea que coticen en los mercados bursátiles o no. 
  • Las empresas de fuera de la UE con una actividad sustancial en la UE (con una facturación superior a 150 millones de euros en la UE) también tendrán que cumplir. 
  • Las pymes cotizadas también estarán cubiertas, pero tendrán más tiempo para adaptarse a las nuevas reglas.

* " i. Que el total de las partidas del activo del balance supere los veinte millones de euros.

ii. Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los cuarenta millones de euros.

iii. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.
"


Para casi 50 000 empresas de la UE, la recopilación y el intercambio de información sobre sostenibilidad se convertirá en la norma, en comparación con las 11 700 empresas cubiertas por las normas actuales.

Calendario previsto

Se espera que el Consejo adopte la propuesta el 28 de noviembre, después de lo cual se firmará y publicará en el Diario Oficial de la UE. La directiva entrará en vigor 20 días después de su publicación. Las reglas comenzarán a aplicarse entre 2024 y 2028:

  • A partir del 1 de enero de 2024 para las grandes empresas de interés público (con más de 500 empleados) ya sujetas a la directiva de información no financiera, con informes previstos para 2025;
  •     A partir del 1 de enero de 2025 para las grandes empresas que actualmente no están sujetas a la directiva de información no financiera (con más de 250 empleados y/o 40 millones de euros en facturación y/o 20 millones de euros en activos totales), con informes que vencen en 2026;
  •     Desde el 1 de enero de 2026 para las pymes y otras empresas que cotizan en bolsa, con informes que deben presentarse en 2027. Las pymes pueden optar por no participar hasta 2028.
  •  Las empresas de terceros países cuyo volumen de negocios neto en la UE supere los 150 millones de euros y que tengan al menos una filial o sucursal en la UE que supere determinados umbrales deberán presentar en 2029 información sobre el ejercicio 2028. (Fuente).

Actualización 3.08.2023:  Actualizado el calendario para empresas de terceros países cuyo volumen de negocios neto supere los 150 millones de euros. Último punto de la relación anterior.

Actualización 05.11.2023: La European Commission ha decidido retrasar la implementación de ciertos elementos significativos de la Directiva de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD), ajustando los plazos de adopción de normas de presentación de información sobre sostenibilidad para determinados sectores y para determinadas empresas de terceros países.

Recibe un cordial saludo.

Ignacio Aguilar.

Preparador examen ROAC.

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