Fuente Imagen: Artículo "Novedades respecto al vigete Reglamento que desarrolla el texto refundido de la ley de auditoría de cuentas"
Técnica Contable y Financiera número 33, septiembre 2020.
Estimado Lector,
Esta entrada viene a colación de la que publicó ayer el profesor Dr. Gregorio Labatut y con la que estoy completamente de acuerdo.
Te adelanto las conclusiones/suposiciones:
En
lo que respecta al cambio de contar en horas o contar en años, para los
aspirantes al ROAC, puede que haya cambiado formalmente, pero hasta que
no sepamos como se aplica esto o hagan un texto con más detalle,
personalmente, diría que no ha cambiado nada sustancialmente o de fondo.
Igualmente, sería un cambio, la eliminación del porcentaje de horas dedicadas a
"otras tareas" relacionadas con la auditoría de cuentas, que sería lo
lógico si pasas a contar en años, pero que no sabemos con certeza al no
tener acceso al texto del proyecto.
El
porcentaje de formación práctica del 50% antes de finalizar la formación teórica, cambia con respecto al Reglamento de 2011, pero nuevamente,
yo diría que en lo sustancial dice lo mismo que el proyecto que
publicaron en octubre de 2018, dicho esto con todas la cautela que la
situación me exige.
El cambio que parece que se pretende es simplificar los certificados que emiten las firmas de
auditoría especializadas, para cientos de trabajadores y ex-empleados cada dos años, no se como, quizás se emitirá alguna aclaración o se
modificará la Resolución de 30 de marzo de 2016, modificada por la
Resolución de 10 de octubre de 2016. Nuevamente todo sobre un texto
desconocido del que no se más que lo que indico en los
antecedentes.
Empecemos ahora con los antecedentes.
Antecedentes