Recientemente me han hecho una consulta por email sobre el informe de debilidades de control interno y creo que las respuestas que facilité al compañero pueden ser interesante para otros lectores del blog.
El texto tiene referencias cruzadas a la NIA-ES 265 que puedes consulta AQUÍ, tambien tienes un excelente resumen de la norma en este manual publicado por Francis Lefebvre AQUÍ.
1.- ¿El informe de debilidades de control interno hay que emitirlo por escrito o puede ser verbal?
Hay que comunicar por escrito y oportunamente las deficiencias SIGNIFICATIVAS de control interno (R9 NIA-ES 265), pueden adelantarse verbalmente, si esto es procedente (A14 NIA-ES 265). Las NO significativas, son las que puedes comunicar sólo verbalmente (A23 NIA-ES 265).
2.- ¿Qué es una deficiencia de control interno significativa?
En una aproximación intuitiva al concepto, podríamos decir que es aquella que puede llevar a que se produzca una incorrección significativa. Pero la definición exacta sería: