Hoy acabo de ver publicado en el BOE la Convocatoria al próximo examen de acceso al ROAC 2017, puedes ver la convocatoria publicada AQUI.
Cómo adelantó el REA en un correo de fecha 7 de junio está previsto que el examen teórico sea en septiembre y el examen práctico sea en diciembre.
Comentarios sobre la convocatoria
1.- El plazo para presentar las solicitudes son 30 días naturales a partir del 30 de junio. El REA y el ICJCE han mandado un correo indicando que el plazo finaliza el día 29 de julio.
2.- Este año ya no se menciona en la convocatoria el tema del certificado de penales, ahora lo que se dice es:
"Asimismo, el cumplimiento de los requisitos anteriores para acceder a los exámenes de aptitud no exime a aquellos candidatos que superen las pruebas, de cumplir los requisitos, y presentar, en su caso, la documentación exigida para el acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas."
3.- Normativa
En referencia a la normativa lo que se dice es lo siguiente:
"Con la normativa vigente a la fecha de publicación de esta Orden, y a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, y la Resolución de 23 de diciembre de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de determinadas Normas Técnicas de Auditoría y del Glosario de Términos."
Vigentes son las NIA-ES sin revisar y mencionan expresamente las NIA-ES revisadas, así que hay que saberselo todo.
4.- El tema de los certificados
Este año no se menciona el tema de los certificados del ICAC, parece que ese trámite nos lo vamos a ahorrar, ahora se dice:
"Quienes hayan sido admitidos a la segunda fase del examen en alguna de las tres convocatorias anteriores, deberán declarar dicha circunstancia en la solicitud, y será comprobado por el ICAC."
Está muy bien la página del ICJCE sobre preguntas frecuentes, puedes verla AQUÍ.
Actualizado 12.07.17 Me lo están comentando muchos compañeros del curso, sencillamente llamar la atención a lo indicado en las preguntas frecuentes del ICJCE y en el apartado 3.5 de la propia orden de convocatoria:
“Si te has presentado en alguna de las dos convocatorias anteriores no es necesario que presentes de nuevo documentación, salvo la fotocopia compulsada del título o certificado de haber realizado lo cursos de forma teórica adicional (NIA-ES), si fuera tu caso, y solicitud de admisión y copia del justificante de haber abonado los derechos de la convocatoria.”
Actualización 21.07.17 Comunicado del Tribunal
Recibe un cordial saludo.1.- El plazo para presentar las solicitudes son 30 días naturales a partir del 30 de junio. El REA y el ICJCE han mandado un correo indicando que el plazo finaliza el día 29 de julio.
2.- Este año ya no se menciona en la convocatoria el tema del certificado de penales, ahora lo que se dice es:
"Asimismo, el cumplimiento de los requisitos anteriores para acceder a los exámenes de aptitud no exime a aquellos candidatos que superen las pruebas, de cumplir los requisitos, y presentar, en su caso, la documentación exigida para el acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas."
3.- Normativa
En referencia a la normativa lo que se dice es lo siguiente:
"Con la normativa vigente a la fecha de publicación de esta Orden, y a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, y la Resolución de 23 de diciembre de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de determinadas Normas Técnicas de Auditoría y del Glosario de Términos."
Vigentes son las NIA-ES sin revisar y mencionan expresamente las NIA-ES revisadas, así que hay que saberselo todo.
4.- El tema de los certificados
Este año no se menciona el tema de los certificados del ICAC, parece que ese trámite nos lo vamos a ahorrar, ahora se dice:
"Quienes hayan sido admitidos a la segunda fase del examen en alguna de las tres convocatorias anteriores, deberán declarar dicha circunstancia en la solicitud, y será comprobado por el ICAC."
Está muy bien la página del ICJCE sobre preguntas frecuentes, puedes verla AQUÍ.
Actualizado 12.07.17 Me lo están comentando muchos compañeros del curso, sencillamente llamar la atención a lo indicado en las preguntas frecuentes del ICJCE y en el apartado 3.5 de la propia orden de convocatoria:
“Si te has presentado en alguna de las dos convocatorias anteriores no es necesario que presentes de nuevo documentación, salvo la fotocopia compulsada del título o certificado de haber realizado lo cursos de forma teórica adicional (NIA-ES), si fuera tu caso, y solicitud de admisión y copia del justificante de haber abonado los derechos de la convocatoria.”
Actualización 21.07.17 Comunicado del Tribunal
Ignacio Aguilar.
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