Estimado Lector,
En las últimas semanas se me han ido planteando diversas consultas sobre informes, que he ido contestando a los compañeros, así que paso a trasladar los puntos vista al blog para contrastarlos contigo, a continuación como digo expongo mi interpretación sobre estos temas, pero si crees que me estoy equivocando los comentarios son todo tuyos:
1.- ¿ Hay que numerar los párrafos de Fundamento de la opnión?
Lo primero que habría que decir, es que la norma no dice nada sobre numerar o no los párrafos de fundamento de la opinión con salvedades, por tanto, no hablamos de que esta práctica esté bien o mal, sino más bien, de cual sería la que proporciona un mayor grado de homogeneidad con respecto a lo que ya se está haciendo en Europa.
En este sentido me voy a remitir al Congreso de Adutoría celebrado en Palma de Mallorca en octubre de 2014, en concreto a la ponencia sobre este tema que impartió la Directora de práctica profesional de Deloitte, escoltada por el Sr. D. Enrique Rubio y el Sr. D. Jaume Carrera, y que además como puedes comprobar tu mismo coincide con lo expuesto en la circular ES 02/2015 del ICJCE en el "Modelo 14".
Como digo en este congreso celebrado en Palma de Mallorca literalmente se dijo: