domingo, 16 de febrero de 2014

Modificación de la NICC 1

Estimado Lector,


La propia introducción dice en relación con las recientes NIAS-ES aprobadas para su aplicación en España que:

Al objeto de que dicho bloque sea consistente y guarde coherencia, se hace preciso modificar la citada Norma de Control de Calidad Interno, así como algunos de los criterios de interpretación, por razones de adaptación al nuevo marco normativo vigente y de mejora técnica aconsejadas por la experiencia en su aplicación práctica. Por tanto, la modificación de la norma que ahora se publica tiene un carácter de continuidad respecto de la norma ahora vigente, no incorporándose modificaciones sustanciales.”
Es decir que no se incorporan modificaciones sustanciales, bueno, esto en mi opinión es discutible, nosotros cuando estudiamos este tema para el examen ROAC, lo hicimos teniendo en cuenta el borrador de 30 de julio, incluíamos el texto de 26 de octubre de 2011 y el de 30 de julio de 2013, y donde correspondía hacíamos la aclaración que nos pareció oportuna (todos sabemos que la fecha límite para la normativa que entraba era 5 de junio, pero en este caso consideramos interesante tener presente la modificación). Personalmente creo que los cambios de redacción aclararon bastantes puntos, como por ejemplo el h y el b de los Criterios de Interpretación.

Esta versión definitiva, como reconoce la propia introducción del ICAC, no difiere sustancialmente de la publicada en el borrador de 30 de julio.

Para esta entrada que se centra en las novedades publicadas en diciembre, puedes consultar la tabla resumen realizada por el presidente de Audinfor Esteban Uyarra en el siguiente artículo y más recientemente otro artículo también publicado por Esteban en este link. Personalmente creo que Esteban es una referencia a nivel nacional en materia de control de calidad de auditores, te invito a que sigas los artículos sobre este tema que va publicando porque es realmente muy interesante.

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Responsable » Ignacio Aguilar Jara
Finalidad » gestionar los comentarios.
Legitimación » tu consentimiento.
Destinatarios » los datos que me facilitas estarán ubicados en los servidores de Google LLC , con domicilio en EEUU. Más información en: http://www.blogger.com/ (Google LLC ). Google LLC trata los datos con la finalidad de realizar sus servicios de plataforma web a Ignacio Aguilar Jara.
Derechos » podrás ejercer tus derechos, entre otros, a acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos.