sábado, 22 de septiembre de 2012

Baja de gastos de investigación y el error de la NRV 22ª


Estimado Lector,

Permíteme que ponga un ejemplo sobre baja de gastos de I+D, que uso en mis clases y que creo que resulta muy ilustrativo para ver el concepto de baja, lo que es un error según la NRV 22ª y la activación de gastos de I+D.

La sociedad Hepburn, S.L. a 31 de diciembre 2009 activa gastos de Investigación por valor de 100.000 euros, correspondientes  a un nuevo proceso de fabricación, estos gastos en el momento de su activación cumplían con todos los requisitos de la NRV 6ª a). Los gastos de investigación tienen una vida útil de cinco años.

El 1 de enero del ejercicio 2011 una empresa de la competencia, anuncia que ha desarrollado un nuevo proceso de fabricación que deja obsoleto y sin viabilidad económica la investigación realizada por Hepburn, S.L.

31/12/2009

100.000 euros Investigación (200) a (730) Trabajos realizados para el I.I. 100.000 euros

31/12/2010

Los gastos de investigación que figuren en el activo deberán amortizarse durante su vida útil, y siempre dentro del plazo de cinco años; (...) (NRV 6ª).

20.000 Dotación amortización I.I. (680)  a (280) Amortización Acumulada I.I. 20.000

Caso 1: La sociedad contabiliza la baja de los gastos de I+D en el ejercicio 2011

1/01/2011

(...) en el caso en que existan dudas razonables sobre el éxito técnico o la rentabilidad económico-comercial del proyecto, los importes registrados en el activo, deberán imputarse directamente a pérdidas del ejercicio. (NRV 6ª).

20.000 euros Amortización Acumulada (280)           a (200) Investigación 100.000 euros
80.000 euros Perdidas procedentes del Inmov.(671)

Caso 2: La sociedad no contabiliza nada en el ejercicio 2011 y lo hace en el ejercicio 2012

31/12/2012

A estos efectos, se entiende por errores las omisiones o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuadamente, información fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la empresa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la formulación de dichas cuentas. (NRV 22ª)

Es decir, en el ejercicio 2011 la sociedad ya tenía la información para saber que existían dudas sobre el éxito económico-comercial del proyecto y aun así, aun teniendo toda la información, no la utilizó y no registró ningún ajuste, más allá de la amortización propia del ejercicio. Al decidir en el ejercicio 2012 corregir el error, el tratamiento será el de un error según la NRV 22ª

42.000 euros Reservas voluntarias (113)*       a  (200) Investigación 100.000 euros
18.000 euros Activos por diferencias temporarias (474)
40.000 euros Amortización Acumulada (280)

* Suponemos un tipo impositivo del 30%.

Este ajuste no es óbice para que siguiendo la NECA 5ª se recoja en cuentas anuales,  el efecto sobre las cifras comparativas, ya que en las cifras comparativas del ejercicio 2011, el resultado antes de impuestos se encontraría sobrevalorado en en 80.000 euros.

En cada partida deberán figurar, además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior. A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura, bien por realizarse un cambio de criterio contable o subsanación de error, se deberá proceder a adaptar el ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio al que se refieren las cuentas anuales, informando de ello detalladamente en la memoria.

Espero que te haya resultado de utilidad, si quieres preparar el examen ROAC, preparando no sólo la contabilidad general o la consolidación sino las NTA, papeles de trabajo y todo lo necesario para aprobar el próximo examen de acceso al ROAC, puedes mandarme un correo con el asunto "preparador examen ROAC" a  la dirección de correo electrónico economiayauditoria@gmail.com

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

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