Estimado lector,
En este post nos adentraremos en el tema de la conversión de las cuentas anuales que están en moneda extranjera, un proceso frecuente en la elaboración de cuentas anuales consolidadas.
Definición de "moneda funcional"
Aquella moneda que se utiliza en el entorno económico principal en el que opera le empresa. Según el artículo 59 de las NOFCAC, es la moneda del entorno en que la empresa genera y emplea el efectivo.
¿Cuál es la moneda funcional de una sociedad, por ejemplo la sociedad dominante?
a) La moneda que influya fundamentalmente en los precios de venta de los bienes y servicios, circunstancia que motivará que con frecuencia sea la moneda en la que se denominen y liquiden los precios de sus productos.
b) La moneda del país cuyas fuerzas competitivas y regulaciones determinen fundamentalmente los precios de venta de sus bienes y servicios.
c) La moneda que influya fundamentalmente en los costes de la mano de obra, de los materiales y otros costes incurridos por la producción de bienes o el suministro de servicios, que con frecuencia será la moneda en la que se denominen y liquiden los citados costes.
Adicionalmente, los siguientes aspectos, los siguientes aspectos pueden suministrar evidencia adicional sobre cuál es la moneda funcional, en aquellos supuestos en los que con la aplicación de los actores anteriores no se hayan alcanzado una conclusión clara al respecto:
a) La moneda en la que se generan los fondos de lasa actividades de financiación, es decir, la que corresponde a los instrumentos de deuda y patrimonio netos emitidos.
b) La moneda en que se mantienen los importes cobrados por las actividades de explotación.
¿Cuál es la moneda funcional de una sociedad del perímetro de consolidación (que puede coincidir o no con la moneda funcional de la sociedad matriz)?
a) Si las actividades se llevan a cabo con un grado significativo de autonomía, o por el contrario son una extensión de las actividades de la sociedad dominante.
b) Si la proporción que representan las transacciones entre la sociedad que se consolida y la sociedad dominante es reducida, o por el contrario es elevada.
c) Si los flujos de efectivo de la sociedad que se consolida afectan directamente a los flujos de efectivo de la sociedad dominante y están disponibles para ser remitidos a la misma.
d) Si los flujos de efectivo de las actividades de la sociedad que se consolida son suficientes para atender las obligaciones por deudas presentes y futuras que surgen en el curso normal de la actividad.
Definición de" moneda de presentación"
Es la moneda en la que se formulan las cuentas anuales, y en el caso de las cuentas anuales consolidadas, siguiendo el artículo 44.5 del código de comercio actualizado, deberán ser formuladas, expresando sus valores en euros.
Resumen del método de conversión de las cuentas anuales en moneda extranjera por el sistema del tipo de cambio a cierre
Todos los bienes, derechos y obligaciones se convierten en moneda local utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de cierre a la que se refieran las cuentas de la sociedad extranjera a integrar en la consolidación.
Las partidas de las cuentas de pérdidas y ganancias se convertirán utilizando los tipos de cambio existentes en la fecha en que se realizaron las correspondientes operaciones. Puede utilizarse un tipo de cambio promedio siempre que se pondere debidamente, en función del volumen de transacciones realizadas para cada período (mensual, trimestral, etc), para evitar la incidencia de la estacionalidad.
Los elementos del patrimonio neto se cambian al tipo de cambio histórico.
La diferencia entre el patrimonio neto convertido a euros de la sociedad extranjera, incluido el saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias convertidos al tipo de cambio promedio y la situación neta de activos y pasivos convertidos al tipo de cambio de cierre anteriormente indicada se registrará, con el signo positivo o negativo que le corresponda en patrimonio neto del balance consolidado en la partida Diferencias de conversión.
El Fondo de Comercio se valorará como un activo intangible, es decir, a tipo de cambio de cierre.
Los socios externos se convertirán a tipo de cambio histórico.
Cuando se realice la disposición de una sociedad en el extranjero, los importes acumulados en el patrimonio neto en la cuenta de diferencias de conversión relacionado con dicha sociedad en el extranjero, se imputarán a resultados en el mismo momento en que sea reconocido el resultado de la disposición. En el caso de disposición parcial, únicamente se imputará a resultados la parte proporcional de la diferencia de conversión acumulada correspondiente. Esta circunstancia de llevar la cuenta a resultados se debe a que la empresa deja de tener una exposición por riesgo de cambio y, en particular, cuando se produce la recuperación de la inversión vía dividendos.
¿Quiere decir esto último que cuando cobro dividendos de una empresa con la que consolido en moneda extranjera, debería imputar a resultados parte de la diferencia de conversión?
Pues bajo mi punto de vista y a resultas del tenor literal del texto contenido en las NOFCAC, sí.
Artículo 66.5, "En todo caso, el pago de un dividendo motivará la imputación a resultados de la diferencia de conversión asociada al importe distribuido".
Artículo 66.5, "En todo caso, el pago de un dividendo motivará la imputación a resultados de la diferencia de conversión asociada al importe distribuido".
Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.
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