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miércoles, 16 de marzo de 2011

Caso práctico de consolidación

Estimado Lector,

Te presento este pequeño caso práctico de consolidación, es un caso práctico elaborado por mi mismo, en principio os dejo sólo el enunciado para ver si alguien lo resuelve. Si ves algo claro ponlo en un comentario, puede que uno sólo no resuelva todo el caso, pero sería genial obtener una solución cooperativa, sin duda sería una muestra de que existe la posibilidad de pensar y resolver problemas de forma colectiva.

El supuesto que planteo es el siguiente:



Nota 1: Los porcentajes estan expresados en términos de derechos de voto. Y supondremos para este caso que el tanto de participación efectivo coincide con el tanto de control.

Nota 2: La sociedad A no tiene intención ni capacidad económica para ejercer la opción del 30%.

Nota 3: Existe una Sociedad F propiedad del hermano del accionista único de la Sociedad A con quien esta actua de forma coordinada en su políticas de extracción de GAS para mantener precios altos en el mercado del GAS.

Nota 4: Adicionalmente la Sociedad A se dedica a la extracción de GAS que es trasportado por una Sociedad G que tiene como único cliente la Sociedad A. La sociedad G no tiene beneficios y no está participada por la Sociedad A. Si la Sociedad G tuviese Beneficios estos deberían ir destinados a reducir las tarifas pagadas por la Sociedad A. Las decisiones de compra de elementos de trasporte se realizan en coordinación con un plan de extracción que la Sociedad A remite a la Sociedad G.
  
Sabemos que

La sociedad A es una sociedad española que se dedica a la extracción de GAS, es la sociedad de mayor activo y los datos de su Balance de Situación y cuenta de Perdidas y Ganancias son los siguientes:

Activo: 100.000.000 euros
CN: 20.000.000 euros
Numero medio anual de empleados: 300

Las preguntas

1.- ¿Existe obligación de consolidar? ¿Quién es la sociedad dominante?

2.- ¿Qué sociedades entran en el conjunto consolidable y cuales en el  perímetro de consolidación?

3.- ¿Qué tipo de sociedades de grupo identificas en este caso práctico?

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

5 comentarios:

  1. Hola Ignacio, salvo que esté equivocada, las sociedades sí están obligadas a consolidar.

    .- Por que existe un grupo subordinado "Persona Física" que es quien tiene el control.
    .- Por otra parte la Sociedad A excede 2 de los límites señalados en el art. 258 de la Ley de Sdades.de Capital para formular Cuenta de PyG abreviada.
    .- La Sociedad Dominante será "Sociedad A" por ser la de mayor activo.

    Un saludo .. Mercedes

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  2. Hola Mercedes,

    "Persona Física" es el accionista único de las dos sociedades, "Sociedad A" y "Sociedad E".

    Gracias porque esto me ayuda a mejorar la redacción del supuesto.

    Recibe un cordial Saludo.
    Ignacio Aguilar.

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  3. Estimado Ignacio,

    Te planteo, bajo mi punto de vista, la solución del caso planteado:

    1. No existen datos para evaluar la obligación de consolidar, dado que se deben cumplir los criterios establecidos en Código de comercio durante dos ejercicios consecutivos, por lo que en este caso cabe la posibilidad de acogerse a la exención por tamaño. La Sociedad dominante es la A.

    2. - Conjunto Consolidable: Sociedades A, B, G*y F*.

    (*) Bajo mi punto de vista, son entidades de propósito especial, por lo que la Sociedad A mantiene el control sobre ambas.

    - Perímetro Consolidable: A, B, G, F, C, D y sociedad sobre la que se posee la opción del 30% (Art 3 RD. 1159/2010)

    3.- Sociedades del Grupo: A y B.
    -Sociedades Asociadas: C y D.
    -Entidades de Propósito Especial: G y F.

    Un cordial saludo.
    José Luis M.

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  4. Estimado Jose Luis,

    Está bien lo referente a los grupos de coordinación y de subordinación, ver comentarios de esta entrada:

    http://www.economiayauditoria.com/2011/03/deber-concurso-preconcurso-articulo-53.html

    Está bien el punto 1.- referente a la obligación de consolidar:

    http://www.economiayauditoria.com/2011/03/estoy-obligado-consolidar.html

    Pero bajo mi punto de vista no sería correcto lo referente a la opción de compra del 30% de las acciones (Sociedad D) y el de las Entidades de Propósito Especial (Sociedad F)

    He publicado esta tarde un nuevo artículo con más información sobre los grupos de sociedades:

    http://www.economiayauditoria.com/2011/03/concepto-de-grupo.html

    Muchas Gracias por tu aportación, la semana que viene publicaré la solución al supuesto aunque como veis con cada intervención la solución se va viendo más clara.

    Recibe un cordial saludo.
    Ignacio Aguilar.

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  5. Estimado Lector,

    Publicada solución del caso práctico de consolidación aquí:

    http://www.economiayauditoria.com/2011/03/solucion-al-caso-practico-de.html#comments

    Un Saludo.
    Ignacio Aguilar.
    economiyauditoria@gmail.com

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